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Violencia Familiar

Entel sacó del aire comercial que según el Sernam fomentaba la violencia

La compañía quitó el spot de su campaña promocional porque "supimos escuchar a la gente". El video insinuaba a una mujer golpeando a un hombre.

La empresa Entel determinó sacar del aire el comercial con el que promocionaba su promoción "Partido de Chile vs. Chile" y que el Sernam consideró que fomentaba la violencia intrafamiliar.

La compañía hizo una consulta pública a través de su cuenta en Facebook, en la que preguntó a sus clientes sobre si consideraban violenta la campaña publicitaria que involucraba a estrellas del fútbol nacional.

Un 72 por ciento de los usuarios consideró que la pieza no fomentaba la violencia, mientras que el 28 por ciento restante sí reconoció el retrato de una agresión, porcentaje que la firma de telefonía interpretó como "súper alto".

Bruno Caffese, subgerente de Marketing de Entel, explicó en Una Nueva Mañana que desde el punto de vista del segundo grupo existía "un sesgo que iba en una línea que desde ya no queríamos".

Aunque, cuando se aprobó la propuesta de la agencia publicitaria, "el recurso humorístico que presentaba esta idea no atentaba en contra de ningún valor de manera preocupante".

Pero a esto agregó que "en esta oportunidad supimos escuchar a la gente, entiéndase al Sernam como parte del grupo que escuchamos", por lo que decidieron sacar del aire el spot.

 

La molestia oficial

El Sernam le pidió a la empresa retirar el comercial de sus formas de promoción por considerar que incitaba a la violencia intrafamiliar, en este caso particular la violencia contra el hombre.

La ministra subrrogante de la cartera, Cecilia Pérez, aseguró que "hemos sido muy categóricos en rechazar cualquier tipo de manifestación de violencia y sobretodo la que va destinada a resaltar lo que puede suceder al interior de una familia".

De ahí que "Sernam ha hecho muchos esfuerzos por ir denunciando y bajando los índices de violencia intrafamiliar, y creemos que el comercial de esta empresa no aporta en esa línea, aún cuando uno pudiese entender que jamás buscaban provocar y posicionar esta imagen".

Comentario

Sernam consideró que la Publicidad no era apropiada, puesto que no ayudaba a los lineamientos con los que se está combatiendo la violencia, por lo que decidió exigir el retiro del comercial, ya que atentaba al trabajo tan potente que se está realizando por parte del gobierno frente al tema. Como grupo consideramos que las cachetadas propinadas por la mujer hacia el hombre si son un acto de violencia, ya que demuestra un tipo de resolución de conflicto que no es apropiado frente a los derechos y a la equidad de género, y al ser una publicidad en cierta medida se está aceptando ese tipo de acción.

Fuente: www.cooperativa.cl Fecha: 11-05-2011

Si a usted como Trabajador Social le solicitaran su opinión profesional frente a esta noticia, con el fin de indagar más frente a la situación:

¿La medida asumida por el SERMAN fue apropiada? ¿Por qué?

¿Es importante estar atentos a los mensajes que la publicidad pueda entregar a las personas?

Cierre!

Como grupo intentamos invitar a la reflexión con cada una de nuestras entradas, no sólo como un ámbito de intervención desde el trabajo Social, sino viendo la violencia como un aspecto preocupante en la sociedad,  como un ámbito que es observado día a día por cada uno de nosotros y que muchas veces no sabemos enfrentar. Hay mucha gente que es testigo y no realiza denuncias o que no sabe cómo ayudar a quienes viven situaciones de violencia.

Comenzamos recomendando el libro de  Jorge Barudy, en el que implica a las propias familias en el abordaje del maltrato infantil y analiza con cada una de ellas las interacciones inductoras. Con la recomendación de la película Reviving  Ophelia quisimos demostrar tanto la violencia que se desarrolla en el pololeo o en la pareja y el cómo pueden enfrentar los padres estas situaciones para ayudar a sus hijos de la mejor manera. Posteriormente, dimos un paso hacia El síndrome de Alienación parental, el cual trata cuando cualquier progenitor intenta impedir, obstaculizar o destruir los vínculos de los hijos con el otro padre, lo cual tienen graves consecuencias para los hijos. Lo cual según el psicólogo Julio Bronchal es una forma grave de maltrato y de abuso infantil.

Quisimos finalizar con la entrevista realizada a la trabajadora social Patricia Campos Sepúlveda y 
la psicóloga Fadua Zara del  CESFAM Dra. Ana María Juricic, respondieron algunas preguntas acerca de 
la violencia intrafamiliar que atiende en ciertos casos y como se opera en estos.

Desde luego, a pesar de ser un ámbito trabajado e intervenido, aún quedan muchas interrogantes en cuanto a la mejor forma de trabajo y por supuesto, un amplio espacio abierto hacia las propuestas e ideas nuevas.

Entrevista a profesional que trabaja materias de violencia intrafamiliar

Entrevista a profesional que trabaja materias de violencia intrafamiliar

Patricia Campos Sepúlveda. Trabajadora Social
Fadua Zara Chinneti. Psicóloga.
CESFAM Dra. Ana María Juricic

¿Cómo ha sido la experiencia en trabajar en materias de violencia intrafamiliar?
 
Respuesta mixta:
 
Han sido experiencias de grandes desafíos y complejas, puesto a que la VIF es una temática difícil de abordar, 
porque también de cierta forma implica involucrarse en una realidad, con  un otro,  que la mayoría de las atenciones
 se encuentra siendo víctima de esta situación de violencia.
Además implica intervenir no tan sólo en la dinámica familiar sino también en los paradigmas de las personas, del cómo
 conciben las interacciones, la comunicación, la estructura de una familia etc.
No obstante, lo más complicado cuando algún miembro de la familia se decide denunciar la situación VIF, al poco
 tiempo después se retracta porque pienso que el victimario (a) cambio (ciclo de la violencia) y vuelven nuevamente 
 a ser parte de un círculo vicioso.

¿Cuál es su cargo en el área?
 
Fadua Zara: Soy Psicóloga del sector verde del CESFAM, además de ser la encargada del Programa de Salud
 Mental del Centro.
 
Patricia Campos: Soy Trabajadora Social del sector celeste, jefa subrogante de sector, encargada del programa de 
participación y familia del centro.


¿Cuanto tiempo lleva desempeñándose en el área?
 
Ambas llevamos casi un año trabajando en el CESFAM, y en este lugar las atenciones son variadas y si bien llegan
 a consultar por cualquier motivo, a través de la entrevista que se establezca es posible detectar VIF en el relato
 del usuario o la usuaria. Por lo tanto, una como profesional debe estar atenta en el lenguaje, las expresiones
 corporales, etc. y por sobre todo estar preparada para contener al paciente en caso de que se desborde 
(intervención en crisis)


¿Qué aspecto de la intervención es la que gestiona usted?
 
Cualquier profesional del sistema de APS debe estar preparado para realizar intervención en crisis y lógicamente
 en VIF, sin embargo, el tema en sí, siempre lo derivan a la Psicóloga o a la Trabajadora Social, ya que cuentan 
con mayor herramientas para intervenir y cuando llegan casos de esta índole, se contiene al paciente y posteriormente
 se hace ingreso al programa de salud mental.
 


¿Qué profesionales trabajan en el área? Y ¿Cuáles son las funciones principales de éstos?
 
Cuando se hace el ingreso al programa de salud mental, se trabaja principalmente con 3 profesionales que 
son: Médicos, Psicólogas y Trabajadoras Sociales. Este equipo se encuentra en cada sector del CESFAM y es una
 mirada integral frente a la situación que aqueja a la persona, biopsicosocial.
 
¿Cuál es el procedimiento que se realiza al llegar un caso de violencia intrafamiliar?
 
La mayoría de las veces se pesquisa VIF, a través de la entrevista y de esa forma ver si el usuario identifica
 esa situación como problema al interior de su familia, si es así, se ingresa al programa de salud mental y dependiendo
 del profesional que haga el ingreso, éste posteriormente deriva al resto del equipo (médico, psicóloga
 y trabajadora social). Una vez que se encuentra ingresada se realiza seguimiento del caso, estudio e familia y 
una vez que la usuaria o usuario este relativamente estable se ingresa al grupo de salud mental que se esté realizando.
 
¿Cuáles son los nudos críticos que tienen al momento de intervenir?
 
Los principales nudos críticos son: el no reconocimiento del paciente de que se encuentra viviendo un problema 
y a su vez la deserción del tratamiento biopsicosocial.


¿Existen programas orientados a la ayuda económica para mujeres que fueron victimas de violencia?
 Y si existen  ¿Cuales?
 
Si. Pero no existen programas específicos que estén dentro del CESFAM, sino que se gestionan por medio de las
 redes que le puedan entregar herramientas para insertarse en el mundo laboral.


¿Cómo se realiza el seguimiento a las mujeres victimas de violencia?
 
- Visita domiciliarias
- Estudio de familia




 

Según la entrevista, ¿Qué tipo de acciones se deberían incluir en los procedimientos de VIF en los CESFAM 

para mejorar la calidad de las intervenciones?

¿Qué tipo de redes debería contar el CESFAM para tener intervenciones más integrales y efectivas?


El síndrome de alienación parental: una realidad latente

Se estima que en Chile que más de un millón de niños están viviendo bajo la tutela de uno de sus progenitores. En casos muy extremos, algunas madres y padres buscan motivos para cortar la comunicación entre los hijos y su ex pareja.

Por Pilar Lagos, Emol 

Papá Presente, Amor de Papá y Papás por Siempre son algunas de las organizaciones conformadas por padres separados que buscan mantener un vínculo con sus hijos, lograr la tuición compartida -que no existe en Chile-, y sobre todo impedir que se desarrolle el Síndrome de Alienación Parental (SAP).

Richard Gardner lo definió así a principios de los años ochenta: El rechazo a la interacción parento-filial en menores, inmersos en un proceso de ruptura parental cuyo origen se debe identificar en las conductas y actitudes del progenitor aceptado por el menor. Es decir, el debilitamiento en la relación progenitor rechazado-hijo. 

Este concepto del SAP ha generado controversias en distintos ámbitos. Por ejemplo, las asociaciones feministas lo consideran como un término sexista y discriminatorio para las mujeres. Además la falta de incursión en las clasificaciones internacionales de los desórdenes mentales (APA y OMS) que no lo señalan como una debilidad científica. 

"Es un concepto un poco antiguo que en su idea original tenía una lógica que es bien perjudicial en el sentido que pone a un padre como víctima y al otro como victimario", explica Claudia Cáceres, Coordinadora de la Unidad de Terapia Familiar en Procesos de Separación y Familias Ensambladas del Instituto Chileno de Terapia Familiar.

Por su parte, Clara Salgado, abogado, mediador y especialista en Derecho de la Familia dice: "En Chile no existe pero se está estudiando y viendo poder ingresarlo. Hay algunos jueces en Santiago que por lo menos consideran que sí existe el síndrome de alienación parental que sufren por el lado de la madre o del padre".

La psicóloga Claudia Cáceres añade que el síndrome de alienación parental como tal "es una situación extrema y que ocurre poco. Lo normal es que no suceda", y agrega que "la mayoría de la gente puede llegar a ciertos acuerdos, y los que no pueden, básicamente es por las dificultades personales. (Se trata de) conflictos de pareja graves no resueltos cuyo conflicto se traslada a la lucha y a la custodia de los niños pero en el fondo hay heridas no resueltas, dolores no sanados que tiene que ver con la relación de pareja antes que con la paternidad". 

Según la ley chilena, en caso que una pareja opte por el rompimiento del vínculo existente, el artículo 225 del Código Civil establece que "si los padres viven separados, a la madre le toca el cuidado personal de los hijos". 

"La ley establece un sistema monoparental de cuidado personal que ahora se llama la tuición, que es de la madre", dice Clara Salgado. 

Sin embargo, Claudia Cáceres enfatiza que "la ley ante todo valora, valida y respeta el acuerdo parental”. Es decir, que si los padres deciden que los niños vivan con el padre o con la madre, la ley lo respeta pero “cuando no hay un acuerdo y (los papás) son incapaces de decidir, el Estado asume esta función”. 

Buscando acuerdos

Ricardo Viteri, director de separadosdechile.cl explica que "si por cada pareja en Chile hay 1,9 hijos como promedio, eso da 311.829 hijos que hoy crecen alejados de uno de sus padres separados legalmente, puntualmente del papá".

Además, hay que sumarle los separados de hecho "que equivale a otras 375.000 parejas y 712.500 hijos viviendo sin uno de sus padres, digamos del papá derechamente". Según un cruce de datos realizado por Viteri, entre 2005 y 2010 hay "1.024.320 hijos de divorciados y separados viviendo alejados del papá". 

Aunque, según Claudia Cáceres, "ha ido en creciente aumento acuerdos de otra naturaleza entre los padres para compartir la custodia de diferentes modalidades. Cada familia tiene su dinámica y evolución y el sistema que define cada pareja ojala  garantice la satisfacción y el buen desarrollo de los niños". 

No obstante, es imposible obviar el hecho que sí existen casos extremos donde uno de los progenitores adopta actitudes para desvincular a los hijos del padre o madre. Hugo Riveros, creador y encargado del sitio Papá Presente es un claro ejemplo. Cuenta que no pudo ver a su hija por dos años debido a que su ex mujer no respetaba los horarios de visita. "El problema siempre fueron las lucas. Si no hay lucas, no hay visitas", dice Riveros.

 En 2006, hizo la segunda denuncia tras enterarse que su ex esposa "estaba haciendo propaganda en internet para hacer tríos. Con todos estos antecedentes presenté una tuición en tribunales y ahí quedó", relata Riveros.

"Ella presentó una denuncia de abuso sexual en mi contra, se tomó más en cuenta el abuso sexual hacia la niña y no se estimó lo que yo estaba presentando”. “Si tú no te llevas bien con la mamá, la única forma de quitarte a los hijos es haciendo denuncias falsas", agrega.  

La Fiscalía incluso llamó a su hija –quien ahora tiene 8 años- para asegurarse que Hugo no le había hecho nada. "Si la niña hubiera dicho otra cosa, capaz hubiera terminado preso".

Su caso finalmente se cerró el 13 de marzo de 2008 donde se abandonó "el procedimiento ordinario iniciado por acción de cuidad personal". El año pasado finalmente logró conseguir las visitas que le corresponden.

"Yo no creo que sea con una frecuencia muy grande", explica Salgado al ser consultada sobre las denuncias de abuso sexual. "En los casos que ocurre, es re difícil efectivamente para los padres defenderse porque existe un principio en los tribunales que es el interés superior de los niños". 

Los padres se pueden proteger "peleando en tribunales, pidiendo informes psicológicos, psiquiátricos, periciales, que se entreviste al niño (cuestión que está establecida como norma general)", dice la abogado. Pero aclara: "La verdad o la falsedad está supeditada al interés superior". 

Y aunque una madre esté mintiendo "si son casados, no existe entre los cónyuges injurias y calumnias, no existe un delito", puntualiza Salgado.

"Cuando se llega a ese punto, es bien difícil revertir la situación. Lo que hacemos terapéuticamente es intervenir en todas las etapas anteriores cuando hay señales que se está produciendo un proceso de desvinculación con uno de los padres", agrega Claudia Cáceres, psicóloga. 

Señales de actitudes alienantes 


La psicóloga enumera algunos indicadores que revelan cuando puede haber un proceso de desvinculación parento-filial en curso. 

- Tiempo reducido de contacto con los hijos. 
- Cuando uno de los padres dificulta u obstaculiza injustificadamente o justificando en supuestos discutibles el contacto con el otro padre. 
- Cuando frente a alguna dificultad, algunos papás o mamás cometen algún error, y frente a ese tipo de errores las medidas que se toman para corregir eso son disminución del contacto.

Por esta razón, la psicóloga sugiere "consultar a profesionales expertos en trabajo con familias en proceso de separación ante las aparición de señales tempranas de desvinculación, cuando aún es posible trabajar para que ambos padres asuman la responsabilidad de la dinámica que están generando" y para el buen desarrollo de los hijos que "necesitan contar con ambos padres", concluye Cáceres.

 

Ante esto compañeras y Robinson,

 

¿Qué sistema de protección se debe crear cuando se da la sospecha de que el niño o un padre/madre miente?

 

¿Cuál sería nuestro rol como Trabajadores Sociales para indagar en la sospecha de Síndrome de alienación parental?

 

 

Link…

 

http://www.emol.com/tendenciasymujer/Noticias/2011/03/11/20894/El-sindrome-de-alienacion-parental-una-realidad-latente.aspx

 

Película: Reviving Ophelia

 

 

Director: Bobby Roth

Escritores: Teena Booth (Adaptación para la televisión)

               Mary Pipher (Libro)

Género: Drama

La película para la televisión “ Reviving Ophelia”, se encuentra inspirada en el libro de Mary Pipher, la cual es una propuesta dirigida a padres e hijos donde se trata la violencia en la pareja de adolescentes.

La película se basa solo en el Capítulo 11, “Sexo y Violencia”. Allí todo se centra en la vida de las adolescentes Elizabeth y de su prima Kelly (17 y 16 años, respectivamente) y la presión que ellas sienten de encontrarse a sí mismas bajo los parámetros de “que hacer y no hacer” ante ciertas circunstancias.  

La trama se basa principalmente en la relación amorosa que sostiene Elizabeth con Mark, un joven que asiste al mismo colegio que ella y su prima. En un comienzo la relación es como la de cualquier adolescente, mucho amor y cariño. Sin embargo, con el paso del tiempo Mark comienza a controlar mucho a Elizabeth, le llama por teléfono constantemente y se molesta si ella no contesta de inmediato, le molesta que ella hable con otros jóvenes, llega hasta el punto de controlar por completo tanto sus horarios como su vida social.

La relación no tarda mucho en pasar a las agresiones por parte de Mark hacia Elizabeth, y la culpa a ella por sus actitudes, quien termina por asumir la culpa de los golpes y lo defiende ante sus padres.

Los padres desesperados por no saber cómo ayudar a su hija, le prohíben que continúe la relación con su novio y no le permiten verle, sin embargo la pareja se reconcilia y Mark promete no volver a golpearla, por tanto al ser ellos muy jóvenes y estar enamorados de igual modo encuentran las opciones para verse a escondidas, hasta que Mark vuelve a golpear a Elizabeth. Sucedido esto, los padres optan por llevar a su hija con una terapeuta, ya que consideran que por mucho que ellos se lo prohíban ella no dejaría de verlo hasta darse cuenta por sí misma de la situación.

La sesiones de la terapeuta apuntaban principalmente a hacer que Elizabeth se diera cuenta por sí misma de la situación que vivía con su pareja, y no a darle una orden de qué hacer.

Finalmente, gracias a que a Elizabeth le ayudaron a percatarse de la relación que sostenía y que eso no era algo normal, ella por sí misma decide poner fin a la relación.

A partir de lo relatado sobre la película, consideran que la actitud inicial de los padres de imponer una decisión a su hija ¿es la más adecuada para solucionar la situación que ella estaba viviendo?, si sabemos que a los hijos siempre se les dice que se le imponen las cosas por su bien y porque ellos no tiene la suficiente experiencia ¿no será mejor ayudarlos a darse cuenta de los errores y no decírselos?  ¿Cuál es la mejor forma de enseñar a los hijos qué hacer y qué no hacer?

 

 

Libro: El dolor invisible de la infancia. Una lectura ecosistémica del maltrato infantil

 

                                         

Autor: Jorge Barudy Labrin

Contenido:

1) La elección de un modelo ecosistémico en la explicación de la violencia familiar. 
2) La familia: un sistema biopsicosocial y cultural de crecimiento. 
3) Ecología moderna de la violencia hacia los niños. 
4) La negligencia y el abandono hacia los niños 
5) La violencia física sobre los niños. 
6) Ecología moderna del abuso sexual a los niños. 
7) Los abusos sexuales extra e intrafamiliares 
8) Los personajes adultos de las tragedias por abuso sexual. 
9) Consecuencia de los abusos sexuales para los niños
10) Un enfoque terapéutico y de prevención del maltrato basado en un modelo de redes

Año: 1998

Lugar: Biblioteca Universidad Santo Tomás

Ubicación: Biblioteca UST alta demanda  4to Piso.

Código: 616.89156B295dc.8

Número de Páginas: 305

Títulos recomendados:

 - Las perturbaciones del apego y el maltrato P 61

 - Los mecanismos de adaptación a la violencia P 158- 160

 - Un enfoque terapéutico y de prevención del maltrato basado en   un  modelo de redes P 263

Resumen: 

En el presente libro, Jorge Barudy implica a las propias familias en el abordaje del maltrato infantil y analiza con cada una de ellas las interacciones inductoras. En efecto, incluso cuando los abusos provocan intervenciones medico-sociales y judiciales, es necesario que el responsable de ello y los cómplices que favorecen esos actos violentos constituyan igualmente ele objeto de un trabajo psicológico apropiado. En este difícil campo, el pragmatismo y el sentido de la colectividad propios de las teorías y las intervenciones sistémicas centradas en el niño/a facilitan el trabajo clínico. Tanto en el nivel del equipo como en el de la red, el enfoque global debe aplicarse uniendo los aspectos individuales, familiares, medico-sociales y judiciales. Y es entonces cuando el dolor que todo ello provoca en la infancia- que ni siquiera aquellos que infligen querrían a veces ver- puede examinarse, como se hace en este libro, en todo su complejidad, desde una perspectiva rigurosa e inteligente, entre la sensibilidad del humanismo y el rigor de la actividad clínica.

De origen chileno, Jorge Barudy es psiquiatra y terapeuta familiar. Lleva a cabo labores formadoras en la Facultad de Medicina de la Universidad de Lovaina y es autor de numerosos artículos sobre el tema.

“Cuanto más pequeño es el niño, mas riesgo existe de que pierda la vida. Por lo tanto, la detección precoz y intervención urgente para protegerlo separándolo de los padres agresores, es la única alternativa para evitar lo peor”. A partir del extracto, desde el Trabajo Social ¿qué acciones iniciarían para detectar estas situaciones precozmente? ¿Qué tipo de intervención es la que realizarían desde esta perspectiva? Y por último, qué opinan de estos mensajes paradójicos entregados a los niños por sus padres:

- Si te pegamos es por tu bien

- Somos tus padres, tenemos la obligación de pegarte porque eres un niño malo

- Te debemos proteger. Te golpeamos

- Eres un ser humano. Te destruimos

 

PRONUNCIAMIENTO DE LA CORTE DE APELACIONES RESPECTO A CAUSA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Chicas y Robinson:

A continuación, el pronunciamiento de la corte de apelaciones de Concepción respecto a una causa de violencia intrafamiliar. Es importante que la lean para que vean como funciona el mundillo judicial, que es el que suele primar en estas cuestiones. Es extenso, pero vale la pena.

A las que no postearon las entradas de los grupos 4 y 5 las invito a opinar fundadamente,  las demás no están obligadas, pero si lo hacen serán bienvenidas.

 

Alexandra

 

 

Corte de Apelaciones de Concepción

Para que proceda acción por violencia intrafamiliar debe acreditarse la existencia de maltrato

 

Tribunal: Corte de Apelaciones de Concepción(CCON)

Fecha: 25/06/2010

Partes: Luis Miguel contra  Yanneth

Rol: 135-2010

Cita Westlaw Chile: CL/JUR/3843/2010

Ministro: Solís Pino, Jaime-Rubilar Rivera, Juan-Gutiérrez Garrido, Claudio

Redactor: Gutiérrez Garrido, Claudio

 

Hechos:

Texto Completo: Concepción, veinticinco de junio de dos mil diez.

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de los fundamentos undécimo, décimo tercero, décimo quinto, décimo sexto y décimo séptimo, que se eliminan.

Y teniendo en su lugar y, además, presente:

1.- Que el artículo 5º de la Ley Nº20.066 dispone, en lo que interesa para la resolución del asunto, que "Será constitutivo de violencia intrafamiliar todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él; o sea pariente por consanguinidad o por afinidad en toda la línea recta o en la colateral hasta el tercer grado inclusive, del ofensor o de su cónyuge o de su actual conviviente".

En consecuencia, los hechos que pueden conformar violencia intrafamiliar, no se encuentran tipificados, por lo que deben evaluarse, caso a caso y de acuerdo a la realidad de las personas involucradas. Es decir, para considerar que un determinado hecho constituye un acto de violencia intrafamiliar debe analizarse, entre otros parámetros, si tal acción está fuera del natural estado, situación o modo de las personas que intervienen en el conflicto;

2.- Que así las cosas, para acoger la acción por violencia intrafamiliar debe comprobarse suficientemente la ocurrencia del supuesto de hecho nuclear contemplado en la ley, vale decir, debe acreditarse la existencia de un maltrato que afecte a la salud física o síquica de la ofendida.

Como el legislador no ha definido qué debe entenderse por maltrato para los efectos de la ley de violencia intrafamiliar, debe buscarse de su sentido natural y, para ello es conveniente revisar el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, quien define la palabra "maltrato" como "acción y efecto de maltratar o maltratarse", en tanto que "maltratar" se conceptúa como "tratar mal a una persona de palabra u obra", "menoscabar, echar a perder", por lo que la expresión "maltrato" tiene el significado de malos tratos, de tratar mal a alguien de obra o de palabra y consiste en causarle un daño cualquiera, sea físico o síquico;

3.- Que en el presente proceso se presentó Yanneth y denunció a su conviviente Luis Miguel , relatando que durante 18 años ha convivido con éste quien, desde hace aproximadamente 15 años la maltrata sicológicamente y que el día 04 de febrero de 2009, en horas de la tarde, en circunstancias que se encontraba en su domicilio, el denunciado procedió a insultarla con palabras groseras, menoscabándola en su calidad de mujer y madre, todo ello en presencia de sus hijos, temiendo que ahora sea maltratada físicamente no sólo ella sino también estos últimos. En la audiencia respectiva agrega que las agresiones también han sido de carácter físico, razón por la cual solicita que éste haga abandono del hogar común;

4.- Que para probar sus dichos, la denunciante rindió la prueba reseñada en el motivo quinto de la sentencia apelada, el que se da por reproducido, a la que se une su propia declaración en la que ratifica lo dicho en su denuncia, pero sin precisar en forma circunstanciada la última agresión, que sería precisamente la que motivó la denuncia de estos autos;

5.- Que del registro de audio del presente juicio puede advertirse y concluirse que de la denuncia aparece que la actora acusa, fundamentalmente, maltrato de carácter sicológico;

6.- Que ahora bien, se ha entendido que la violencia sicológica comprende cualquier acto u omisión que daña la autoestima, la identidad o el desarrollo del individuo, consistiendo básicamente en actitudes que tienen por objeto causar temor, intimidar y controlar las conductas, sentimientos y pensamientos de la persona a quien se está agrediendo, como las descalificaciones, insultos, control conductual, etc.

Debe dejarse en claro sí, que el maltrato que afecte la salud síquica debe traducirse en la práctica en hechos concretos, específicos y determinados;

7.- Que sin perjuicio de la prueba rendida al efecto por la denunciante, el tribunal, de oficio, ordenó la practica de informe de las partes de este juicio; así, se evacuó informe sicológico de la denunciante a cargo del sicólogo Patricio Pizarro e informe siquiátrico del denunciado a cargo de la médico siquiatra Marcela Rocha, cuyos resultados aparecen registrados en el sistema de audio y consignado, en forma resumida, en el considerando séptimo del fallo de primera instancia, basamento que también se da por reproducido.

Por su parte, la Consejera Técnica (de profesión sicóloga), presente en la audiencia, en lo que interesa y refiriéndose a la actora señala que ésta ha sido victima de violencia intrafamiliar, específicamente de carácter sicológico, económico y físico por parte del denunciado. Luego y en gran parte de su informe critica la metodología empleada por los profesionales que evacuaron los informes siquiátricos y sicológicos, dando razón de sus afirmaciones en este sentido.

Sin embargo, y respecto de este último aspecto del informe de la Consejera Técnica, es necesario tener presente que el valor de la prueba pericial debe ser determinada por el tribunal según la idoneidad del perito, la objetividad y calidad de su informe y declaración, y su concordancia con los otros medios de prueba, apreciado todo ello conforme a la sana crítica;

8.- Que del análisis de ambos informes periciales, sicológico y siquiátrico aparece que se fundan en apreciaciones generales, en expresiones vagas y genéricas, sin describir con certeza y precisión el o los hechos que configuran la violencia. Tampoco los fijan en el tiempo, y menos los concretan a fechas y lugares de acaecimiento determinados.

En efecto, en el primer informe se dice que la denunciante presenta un cuadro depresivo severo y se evidencia una serie de efectos del abuso emocional, físico y sicológico, caracterizados por baja autoestima, desesperanza y auto recriminación, efectos que son atribuibles a violencia intrafamiliar, concluyéndose que ha sido victima de dicho tipo de violencia, en sus aspectos sicológicos, económicos y físicos por parte del denunciado y, además, presenta rasgos depresivos y ansiosos altos. El segundo informe refiere que examinado el denunciado no impresiona con elementos de descontrol, pero ello no se puede descartar, podría tener una estructura límite de personalidad pero alta, lo que podría ser objetivado con un test de personalidad;

9.- Que como puede apreciarse, se dice en los informes recién referidos que hay violencia sicológica y económica, pero no se precisa los hechos que la constituyen, la que sería de larga data y ha afectado históricamente la calidad de vida de la denunciante. En el segundo, se dice que hay violencia intrafamiliar por el denunciado, pero no se precisan en hechos ni golpes. Además, estos informes carecen de concordancia con otros antecedentes existentes en autos, como la testimonial de la demandante, consistente en el dicho de sus hijos;

10.- Que el artículo 32 de la Ley Nº19.968 dispone que los jueces de familia apreciarán la prueba de acuerdo a las reglas de la sana crítica y, sabido es que ésta constituye un sistema de valoración libre de la prueba, pero teniendo presente que ello no significa en absoluto facultad para el juez de formar su convicción de manera arbitraria, toda vez que libertad importa un uso razonado de la lógica y del buen sentido, guiados y apoyados por la experiencia que obtiene de la labor que ejerce y el medio social de su entorno;

11.- Que los elementos probatorios analizados en el motivo 5º del fallo de primer grado, y que se dieron por reproducidos en esta sentencia, no tienen la suficiente entidad como para acreditar fehacientemente algún hecho propio de maltrato que afecte la salud síquica de la denunciante, pues el informe del sicólogo Patricio Pizarro, el informe pericial siquiátrico realizado por Marcela Rocha y la opinión de la Consejera Técnica Silvia Bustamante no explican en forma precisa ni circunstanciada de qué manera se habría producido el maltrato denunciado ni tampoco cuáles son los hechos que lo configuran. Tampoco los fijan precisamente en el tiempo, y menos los concretan a fechas ciertas y lugares determinados de acaecimiento.

En efecto, las pruebas descritas se fundan en apreciaciones generales, en expresiones vagas y genéricas, sin describir con certeza y precisión el o los hechos que configuran el maltrato psíquico reclamado por la denunciante, menos el que originó finalmente la denuncia de autos, ya que en la denuncia efectuada el 31 de marzo de 2009 la denunciante expresa que ello ocurrió el 04 de marzo de 2009 y en la declaración prestada en el tribunal dice que fue el 15 de febrero de 2009, luego que volviera del funeral de su madre.

Por su parte, los hijos de la denunciante, quienes declararon como testigos, tampoco aportan claridad en cuanto a la fecha de la última supuesta agresión y la forma de ocurrencia de la misma, lo cual se explicaría pues ellos no fueron testigos presenciales directos de la eventual agresión sufrida por su madre. Así, el hijo Ariel situó el hecho el 04 de febrero en horas de la tarde, diciendo que él intervino para que terminara la discusión. Sin embargo, su propia madre y denunciante de autos como sus hermanas declararon que los hijos no estuvieron presentes en la discusión pues estaban en otra habitación desde la cual "escucharon" la discusión, por lo cual no escucharon exactamente las palabras o expresiones injuriosas que supuestamente habría proferido el denunciado a su madre;

12.- Que así las cosas, apreciada la prueba aportada a la causa conforme a las reglas de la sana crítica, esto es, según los principios de la lógica y las máximas de la experiencia, carece de consistencia para acreditar la existencia de hechos reales constitutivos de maltrato que afecte la salud síquica de la denunciante, no compartiendo estos sentenciadores la apreciación de la juez "a quo" en el sentido que no tendría mayor importancia la inconsistencia de las fechas en que habría ocurrido la última agresión denunciada, ello porque la lógica y la experiencia enseñan que el maltrato psíquico debe traducirse en hechos precisos, concretos, determinados y ciertos, y no en generalizaciones o simples conceptos genéricos;

13.- Que se ha resuelto reiteradamente que en materia de violencia intrafamiliar, aun cuando se aplicaran preferentemente las normas de enjuiciamiento civil, ello no elimina el principio penal de inocencia, en cuanto se trata de normas sancionatorias de conductas, por lo que las decisiones condenatorias deben basarse en el estricto mérito de las probanzas reunidas conforme a la ley y apreciadas de acuerdo a la sana crítica, pero nunca sobre la base de meras suposiciones, impresiones u otras consideraciones subjetivas, por muy vehementes que ellas pudieren ser.

En consecuencia, por lo reflexionado debe concluirse que el tribunal de primer grado debe fundar su decisión y resolución en hechos ciertos y probados en la causa y no en meras suposiciones derivadas de declaraciones del denunciante o de testigos que no aportan más que conjeturas (Corte de Apelaciones de Santiago. Sentencia de 20 de julio de 2006. Rol 6868-2001).

14.- Que a la luz de lo reflexionado precedentemente, no encontrándose acreditados los hechos precisos y concretos que constituyen la violencia sicológica denunciada, corresponde desestimar la denuncia por violencia intrafamiliar interpuesta por Yanneth en contra de Luis Miguel, por lo que éste debe ser absuelto.

Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley Nº20.066 y 32 de la Ley Nº19.968 sobre Tribunales de Familia, se revoca la sentencia de veintisiete de enero de dos mil diez, dictada por Paulina Soto Fuentes, juez titular del Juzgado de Familia de Concepción, en cuanto acoge la denuncia interpuesta por Yanneth Silva Llancaleo en contra de Luis Miguel Chávez Inzunza por actos de violencia intrafamiliar, y se declara en cambio que ésta queda rechazada y, en consecuencia, se absuelve al referido denunciado del cargo de violencia intrafamiliar que en su contra le formulara la ya mencionada denunciante.

Regístrese y remítanse a primera instancia los antecedentes formados en esta Corte.

Redacción del Ministro Claudio Gutiérrez Garrido.

Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, integrada por los Ministros señores Claudio Gutiérrez Garrido, Juan Rubilar Rivera y Jaime Solís Pino.

Rol 135-2010.-

 

 

Extracto de entrevista realizada 23 de mayo 2011.

Extracto de entrevista realizada 23 de mayo 2011.

Carolina Alarcón

Psicóloga de ONG VALÒRATE

Introducción

“Valórate, una de las diferencias que nosotros hemos tenido desde que se crea en el 2003 y comenzando en el 2005 es que nos nunca discriminamos al agresor, sabemos que en el circulo de la violencia se deben tratar ambas directrices, porque un conflicto no sería conflicto si no hay dos personas involucradas, entonces nosotros siempre hemos trabajado con ambos, eso quiere decir que se le entregan las herramientas necesarias a ambos para que esto pare. De hecho uno de nuestros primeros logos fue “rompe el circulo de la violencia” y ahora es “fortaleciendo a la familia, tratamos la violencia intrafamiliar” porque se entiende que también la violencia en sí, no es solamente conyugal, a veces hay más personas involucradas, hay multidireccional, hay conflictos de sobrinos con los tíos. Nietos hacia los abuelos, etc. Entonces por eso es nuestro nuevo logo”.

¿Cuáles son las estrategias de acción?

“Acá llega   muy poca gente por demanda espontanea, muy poca gente que dice yo voy victima de VIF, son muy pocas las personas que se atreven en el fondo a aceptar una realidad, por eso una de las charlas que realizamos, se llama “un fenómeno que acecha y se acepta silenciosamente”, ese es como el nombre de una de las charlas que realizamos, porque. Porque en el fondo no sabemos lo que pasa cuando se cierra la puerta de una casa, no sabemos qué ocurre con esa mujer, si está siendo violentada sexualmente, psicológicamente, no sabemos porque en algunos casos no hay una herida física sino que la herida esta en el alma y esa es la que mas prevalece en el tiempo. En todo tipo de daño, nosotros somos seres muy débiles, todo tipo de daño va a tener una repercusión después, y cómo lo tratamos? Lo primero, la CONTENCIÒN, lo primero es que la persona acepte realmente  que ha sido víctima de algo, que a sido víctima a lo mejor de un circulo vicioso de una relación abusiva, la mujer por lo general llega acá derivada del tribunal de familia nosotros somos peritos externos de los tribunales de familias, entonces que pasa con esa mujer, ella se atrevió porque en la tele sale que tiene que denunciar, ella se atrevió a demandar y nosotros  la evaluamos a través de un peritaje psicológico y decimos si ella es víctima, no es víctima o hay una re victimización, que es diferente, hay que tener mucho ojo con eso porque la mujer cuando se empodera tiende mucho a re victimizarse, esa cosa de nosotras podemos, está bien porque las empodera, sin embargo cuando el hombre está recibiendo lo ve como una amenaza y el circulo no corta cuando la mujer se empodera y confronta al hombre de una manera poco asertiva entonces lo primero es trabajar con los dos. Pero si la pareja ya no está viviendo junta es mucho mejor, por las medidas cautelares que la están protegiendo, a lo mejor fue derivada a un COSAM, alguna institución pública que los pueda tratar, lo ideal es tratar el tema de ambas partes. Cuando hablamos de vulneración de derecho y violencia hacia los niños no es el mismo trabajo, porque casi siempre hay medidas de protección al menor, pero en algunos casos se pueden arreglar las cosas a través de la sana convivencia ya que los padres deben tener habilidades o competencias parentales para que puedan normar a sus hijos y que él no se relacione con la violencia, y que este tenga a su vez las estrategias necesarias para decir lo que siente, cree, a sus padres de una manera respetuosa que esto no genere conflicto porque en el fondo la  violencia se genera cuando no hay una adecuada resolución de conflictos esa es la principal motivo, cuando hay acumulación de tención, cuando hay una no empatía al no ponerme en el lugar del otro y muchos factores incluso como el económico, porque también se relaciona directamente”.

¿ Cuál es el objetivo de de la ONG?

“Prevención y tratamiento de la VIF entre otras temáticas, no nos abocamos solo a eso, acá pueden llegar personas particulares claro que la atención es mucho más económica, las personas que son derivadas del tribunal pagan. Nosotros somos un ente privado, pero nosotros estamos entre lo público y lo privado, tenemos la facilidad de dar continuidad del proceso terapéutico semanal, quincenal con  costos muy inferiores a lo que es en el mercado acá las personas cuando entran a la ONG, entran con una previa supervisión de un Trabajador Social él hace un análisis económico y ve cuanto la persona puede pagar. También atendemos a personas de manera gratuita, pero son los menos, hay como 3 o 4 personas que no pagan nada, pero no siempre vienen, a lo mejor es porque es gratis, no le toman el peso necesario”.

¿Ellos vienen de manera voluntaria?

“Si. Yo en lo personal tengo una señora que viene de manera voluntaria, pero ella no viene por VIF, viene por otros motivos”.

¿Cómo es el equipo de trabajo?

“Es un equipo multidisciplinario, está compuesto por abogados, un técnico jurídico y un trabajador social que es nuestro director  que también es abogado”.

¿De qué manera contribuyen al cambio de la realidad?

“En el sentido general, valórate a través de las charlas preventivas, y estamos en red con VAN IGUALDAD que es una empresa de micro crédito, y nosotros damos charlas a las mujeres que son micro empresarias, en el fondo son mujeres que de alguna manera se relacionan mucho con la violencia, porque son mujeres  que están separadas, o están divorciadas, o que nunca han tenido pareja y que ahora necesitan salir adelante. VAN IGUALDAD, las apoya con un micro crédito y ellas pueden trabajar en su propio micro empresa y las capacitan y tienen todo un sistema. Trabajamos desde el año pasado, y ha sido súper lindo, hemos tenido casos súper importantes y difíciles entonces ellas están muy disminuidas”.

¿Y  cómo se trabaja con ellas?

“Se les da la charla contención. Al final siempre hay personas que se acercan y se les invita a trabajar por más tiempo. Lo principal de esto, es que ellas puedan estar bien en lo económico pero fundamentalmente que estén bien en lo afectivo, también en su apariencia, que no se sientan mal, se les entrega seguridad para que se puedan empoderar”.

¿Cuál es el tipo de población a la que atiende?

“Tenemos diferentes tipos de usuarios, desde el usuario que es gratis y que tiene privilegios por que presenta pobreza, hasta un usuario de muy buena situación económica, porque como les contaba somos peritos del tribunal y este no discrimina a quien manda para la ONG, nos llega gente de todas las comunas, tenemos muy variada la población, si me preguntas, tenemos mayoritariamente hombres que vienen con perfil de agresor, pero no todos cumplen esa condición, ya que hay agresores circunstanciales, que no necesariamente son agresores con perfil de agresor. Eso corresponde a la violencia circunstancial, y a estos se les sugiere terapias de control de impulso para que aprenda a resolver conflictos de otra manera pero no es una persona intrínsecamente violenta”.

¿Ellos asisten de manera voluntaria?

“No, ellos vienen derivados, cuando es por peritaje, es obligatorio, pero mayormente es por sugerencias, del tribunal, muchas veces las personas toman consciencia y asisten de manera voluntaria porque dicen que les hace bien”.

¿Bajo qué enfoque trabajan?

“Cada profesional realiza sus propios lineamientos, de acuerdo a la disciplina.

Se realizan terapias de reparación  donde la persona se reconozca como víctima sin re-victimizarse es decir que fue víctima de un hecho traumático, sin embargo no quedarse en eso, decir OK, a mi me paso esto, pero tengo todas las herramientas para poder salir adelante con mi vida y tener metas y objetivos, eso es lo que se trabaja en reparación, más que empoderarlas. Aquí también vienen hombres maltratados, y el maltrato al hombre por lo general no es físico, es mas psicológico desde la mujer, aquí llegan hombres muy afectados porque sus esposas no los dejan ver a sus hijos, más o menos un 80% de las personas que vienen son hombres, y un 30% de ellos tienen perfil de agresor.  Se realizan entrevistas grupales para trabajar con ambos y que sea más la información que podemos recabar estando todos los profesionales. No siempre la mujer es la víctima, la mujer en muchos de los casos es la que provoca al hombre y este reacciona, es un círculo vicioso porque no hay comunicación efectiva en la pareja”.

¿Hay hombres agredidos que han llegado al centro?

“Es mínimo, porque en pocos casos lo aceptan,  es un porcentaje mínimo, yo diría que menos de un 1%, desde que estoy acá solo he visto 2 casos, es porque ellos le bajan mucho el perfil a esas situaciones, pero de las mujeres la violencia es más psicológica, castigándolos con las visitas de los hijos. Hay que mencionar que hay mujeres muy mal intencionadas, cuando el hombre la engaña, ellas lo acusan de violación, de maltrato y un sinfín de acontecimientos que ellas crean para victimizarse frente a la situación, solamente porque la relación no andaba bien”.

 ¿Cuáles son las características que posee una mujer que ha sido agredida?

“Las mujeres que han sido agredidas, presentan estrés post-traumático, autoestima disminuida y depresión. La primera es porque a lo mejor producto de violación o de los golpes la hace estar con miedo, hay una respuesta que no corresponde ante por ejemplo a una llamada. La depresión es súper complicada, las mujeres tenemos más tendencias que los hombres a caer en depresión y el autoestima está muy bajo, de tanto que la pareja la disminuyó”.

¿Cuál es el porcentaje de reinserción de las personas que participan?

“Hay muchas personas que cuando se dan cuenta de que ellas son el problema tanto mujer como el hombre, existe la capacidad de querer solucionar los problemas en pareja, es decir, se dan cuenta de que están cometiendo un error. Hay muchas gente que abandonan el tratamiento porque se sienten bien, pero por lo general siempre vuelven cuando les pasa algo nuevamente”.

SEGÙN EL EXTRACTO DE LA ENTREVISTA, ¿QUÈ COMPETENCIAS PERSONALES Y PROFESIONALES SE PUEDEN DESPLEGAR PARA EL TRABAJO DE PROMOCIÒN Y PREVENCIÒN DE LA VIF?

¿QUÈ OPINAN, SOBRE LA IMPLEMENTACIÒN QUE POSEE LA ONG DE TRABAJAR NO SOLAMENTE CON LA PERSONA AGREDIDA,SINO QUE TAMBIÈN CON EL AGRESOR?

¿CREEN QUE ES UNA BUENA TÈCNICA DE TRABAJO? ¿POR QUÈ?

¿CUALES SON LAS LINEAS DE ACCIÒN QUE DESPLEGARÌAN COMO TRABAJADORES SOCIALES PARA ABORDAR LA PROBLEMÀTICA?